Dentro de la documentación necesaria para la compra-venta de una propiedad, solicitar una nota simple del inmueble en el Registro de la Propiedad es el primer paso para poder realizar la operación con todas las garantías.
La nota simple registral es un documento expedido por el Registro de la Propiedad que informa sobre quién es la persona propietaria del inmueble, las posibles cargas o gravámenes asociados y las limitaciones de uso que pueda tener.
Es un documento meramente informativo, sin la consideración jurídica de documento público pero que es de vital importancia y hoy te vamos a dar tres razones para convencerte de que es el primer paso a realizar después de encontrar la casa de tus sueños.
Puedes acudir al Registro de la Propiedad del Ayuntamiento al que pertenezca el inmueble o bien solicitarla en la web del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España (pagando la tasa correspondiente).
Para ello, necesitarás alguno de estos datos sobre la propiedad en cuestión:
* Datos registrales de la finca
* IDUFIR: identificador único de finca registral
* Titularidad
* Otros datos como la localización
La nota simple contiene información que necesitas saber antes de dar un paso en falso:
* Titularidad: en más de un caso el comprador se ha encontrado que, contrariamente a la información que tenía, la finca pertenece a más de un propietario.
* Cargas: Para saber si sobre la finca pesa alguna hipoteca, un embargo, etc.
* Otra información relevante, como que la finca se encuentre incluida dentro de algún plan urbanístico.
Este documento es imprescindible para la compra – venta de un inmueble. La razón principal de ello es conocer la situación jurídica de la vivienda antes de realizar cualquier negociación.
Así que ya ves, es mejor adelantarse y solicitar la nota simple en cuanto hayamos encontrado la casa en la que nos gustaría vivir. Pero, ¿y si no la pido?
Como te hemos dicho, es imprescindible; pero te aconsejamos pedirla antes de nada para que te evites una situación como la siguiente:
Imagínate que heredas una casa tras el fallecimiento de tus padres y decides ponerla en venta. Aparece un comprador, firmas un contrato de arras y este te entrega 20.000€; pero resulta que al ir a solicitar la nota simple al registro la casa sigue a nombre de tu tía abuela Baudelita.
Te pones en marcha para solucionarlo, pero en este tiempo se vence el contrato de arras y no solo tienes que devolver los 20.000€, sino otros 20.000 más. Toma ya. ¿Merece o no merece la pena salvaguardarse las espaldas?
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