¿Se puede vender una vivienda alquilada? - Inmogestión

11 de noviembre de 2025
Daniel Díaz



Surge un imprevisto familiar, una oportunidad de inversión o el inicio de un nuevo proyecto ilusionante. Son muchas las razones que pueden llevarte a querer vender tu propiedad en un corto plazo.

 

Sin embargo, ¿qué ocurre si actualmente tienes un inquilino en ella?

 

¿Se puede vender un piso alquilado?

 

Si tengo la vivienda alquilada, ¿puedo vender mi piso con inquilinos? Sí, puedes vender tu vivienda aunque esté alquilada, pero debes respetar los derechos que la ley otorga al inquilino.

 

Cuando un piso alquilado se pone a la venta, el inquilino tiene preferencia para comprarlo antes que cualquier otra persona. Esto se debe a dos derechos que le da la ley: el derecho de tanteo y el derecho de retracto.

 

Derecho de tanteo.

 

Si el dueño quiere vender, tiene que avisar al inquilino diciendo por cuánto y en qué condiciones.

 

Desde ese aviso, el inquilino tiene 30 días naturales para decidir si quiere comprar el piso por el mismo precio y condiciones que se le ofrecen a cualquier comprador.

 

Derecho de retracto.

 

Si el propietario no avisa al inquilino o vende por un precio más bajo del que le dijo, el inquilino puede reclamar la venta y quedarse con el piso en las mismas condiciones.

 

El inquilino tendrá 30 días naturales para ejercer el retracto desde que se le notifique la venta.

 

Excepciones.

 

Esto no vale en todos los casos, por ejemplo:

 

  • Si se venden todas las propiedades de un edificio no cabrá derecho de adquisición preferente.
  • Tampoco si en el contrato el inquilino renunció a estos derechos (algo habitual en los contratos de arrendamiento, donde se puede pactar la renuncia expresa al derecho de adquisición preferente).

 

Respetar el contrato de arrendamiento tras la venta de la vivienda alquilada.

 

En caso de que se venda un piso alquilado, el comprador está obligado a respetar el contrato de arrendamiento vigente, según el art. 14 LAU, asumiendo los mismos derechos y obligaciones que el propietario anterior, lo que implica respetar las condiciones pactadas durante los primeros 5 años del contrato (7 años si el arrendador es persona jurídica).

 

Nuestra compañera, Sigrid, te explica en este vídeo qué tener en cuenta y cómo hacerlo correctamente.

 

Porque en Inmogestión, te ayudamos a tomar decisiones informadas y seguras.

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