
Si tienes una vivienda en una comunidad de propietarios, tarde o temprano te toparás con las famosas derramas. Y sí, suelen ser motivo de debate (o de conflicto) entre vecinos. Pero, ¿qué son exactamente?, ¿cuándo son obligatorias?, ¿qué pasa si alguien no paga?
Hoy te resolvemos las dudas más comunes sobre derramas en comunidades para que, la próxima vez que salga el tema en una reunión de vecinos, lo tengas todo claro.
Una derrama es un gasto extraordinario aprobado por la comunidad de propietarios que no está contemplado en las cuotas ordinarias. Es decir, cuando se aprueba una derrama, los propietarios deben asumir un pago extra además de su cuota habitual.
- Ejemplo: Si la comunidad decide instalar un ascensor o rehabilitar la fachada, esos gastos no previstos se cubren con una derrama.
No todas las derramas son de pago obligatorio. Según la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios deben contribuir a los gastos generales para el mantenimiento del edificio, sus servicios y cargas.
NO Estarás obligado a pagar si:
- Se trata de un gasto puramente estético o de mejora, sin ser necesario para la conservación, seguridad o accesibilidad del inmueble.
- Has votado en contra de la derrama y esta no es imprescindible para el edificio.

Si un propietario no paga, la comunidad tiene varias opciones:
- Intentar llegar a un acuerdo amistoso.
- Iniciar un procedimiento judicial para reclamar la deuda, como el Monitorio.
Si compras un piso y hay una derrama pendiente, ojo con la letra pequeña. La regla general es que el propietario en el momento del cobro es el responsable del pago, aunque la derrama se haya aprobado antes de la compraventa.
- Ejemplo: Si se aprobó una derrama en enero, pero se emite el cobro en julio y tú compraste en junio, serás tú quien tenga que pagarla.
Si crees que una derrama no cumple con los requisitos legales, se puede impugnar dentro de los plazos establecidos por la Ley de Propiedad Horizontal (3 meses o 1 año dependiendo del caso).
Los motivos de impugnación pueden ser:
- No contar con el número de votos necesarios.
- No haber sido correctamente anunciada en la junta.
- No aparecer en el orden del día de la reunión.
1. Son obligatorias si están relacionadas con la conservación, habitabilidad, seguridad o accesibilidad del edificio.
2. No tienes que pagarlas si son meras mejoras o decorativas y votaste en contra.
3. Si compras una vivienda, asegúrate de revisar si hay derramas aprobadas y quién debe asumirlas.
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