
Cuando compras una propiedad, es normal preguntarse si como nuevo propietario podrías ser responsable de pagar el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) que el anterior dueño no abonó.
Respuesta: Sí, el Ayuntamiento puede exigirte el pago del IBI de años anteriores que no haya sido pagado por los propietarios anteriores.
El inmueble responde de las deudas tributarias, y el nuevo propietario podría verse obligado a pagar esos impuestos atrasados.
Pero ten en cuenta: La deuda del IBI prescribe a los 4 años. Esto significa que si han pasado más de 4 años desde que el impuesto debió haberse pagado, la deuda no puede ser exigida.

Importante: Antes de comprar, verifica si existen deudas pendientes de IBI y negocia con el vendedor para que las liquide o descuente del precio de compra. Esto es clave para evitar asumir responsabilidades que no te corresponden.
Consejo: Recuerda que esta información puedes consultarla en la nota simple, ¡solicítala!
Te puede ayudar a identificar estas posibles cargas y garantizar una compra segura y sin sorpresas.
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