¿Qué se hace cuando se hereda una casa? ¿Qué pasos debo dar?
España es un país de propietarios 🏡 (en torno al 75% de los españoles viven en una casa en propiedad); lo que implica que también lo es de herederos. Sin embargo, la herencia de una vivienda conlleva numerosos papeleos y tributos con los que no cualquiera está familiarizado. Si a esto le sumamos que todo este trámite se realiza en un momento especialmente delicado, la gestión de una herencia se convierte casi en una pesadilla.
Para facilitarte el tránsito por este pedregoso camino, te traemos una pequeña guía de los pasos a seguir cuando fallece un familiar del que vas a heredar una propiedad. Antes de heredar la vivienda, debes realizar una serie de trámites que requieren que recopiles una serie de documentación:
1. El certificado de defunción.
Lo primero que debes pedir es el Certificado de Defunción, ya que te lo solicitarán varias veces en el trámite de aceptación de la herencia. Este certificado es distinto y posterior al Certificado Médico de Defunción que emite el médico que certifica la muerte de una persona. Este certificado médico es el que permite la inscripción del fallecimiento en el Registro Civil, generalmente del lugar donde se produzca el fallecimiento.
¿Dónde pedirlo? En el Registro Civil de la localidad donde se haya inscrito el fallecimiento, de forma presencial u online.
2. Certificado de Últimas Voluntades.
Lo siguiente es obtener un Certificado de Últimas Voluntades para conocer si el causante había otorgado o no testamento. Dependiendo de si existe testamento o no, se abren dos posibles vías:
a. Si otorgó testamento, le solicitamos al notario que nos facilite una copia del mismo para que así se repartan los bienes.
b. Si no hay testamento, debemos realizar ante notario una Declaración de Herederos Ab Intestato, que es la escritura donde se certifica que tenemos derecho a heredar el inmueble por sucesión.
¿Qué hace falta para realizar una Declaración de Herederos en un notario?
- el Libro de Familia, para probar tu relación de parentesco,
- el Certificado de Defunción y el de Últimas Voluntades
- y tienes que contar con al menos 2 testigos.
3. Aceptación de la herencia.
Ahora tendrás que recabar toda la información relativa a la vivienda que vayas a heredar.
¿Cuál es esa información?
- la Escritura donde figure el fallecido como titular, o bien una nota simple.
- un certificado de que se está al corriente con el pago del IBI, que se pide en el Ayuntamiento donde esté la vivienda.
Con todo esto, iremos a un Notario para que prepare la escritura de aceptación de la herencia, que firmaremos aceptando los bienes y deudas del causante.
4. Pago de los Impuestos.
Una vez tengamos la Escritura de Aceptación de la Herencia, toca pagar los Impuestos de Sucesiones y Donaciones y el de Plusvalía Municipal.
Ojo, tienes que tener en cuenta:
- en el caso del Impuesto de Sucesiones, deberás abonarlo en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento, aunque puedes solicitar una prórroga.
- en noviembre de 2021 se aprobó por Real Decreto-Ley la Nueva Plusvalía Municipal, con un nuevo método para calcularla.
Algunas dudas que pueden surgirte...
¿Y si la vivienda está hipotecada?
Igual que se heredan los bienes, se heredan las deudas. De esta manera, si aceptas heredar una vivienda sobre la que pesa una hipoteca, tendrás que hacer frente al pago de la misma. Para ello tienes que cambiar la titularidad de la hipoteca a través de una subrogación y el banco decidirá si te acepta como prestatario.
Eso sí, tienes que saber que existen tres opciones cuando somos herederos de una persona:
1. Aceptar la herencia de forma pura. Es decir, que el heredero asume todas las consecuencias de la herencia: bienes, dinero, pero también las obligaciones y deudas contraídas por la persona fallecida a las que responde con el patrimonio propio.
2. Aceptar la herencia a beneficio de inventario. Consiste en aceptar la herencia, pero en el caso de existir deudas, solo se responde de ellas con el patrimonio heredado y nunca con el propio.
3. Rechazar la herencia. La última opción es desvincularse completamente de la hipoteca y renunciar a heredar, tanto los bienes como las deudas.
¿Cuánto voy a pagar de Impuesto de Sucesiones?
Depende. Múltiples factores influyen en el valor del Impuesto de Sucesiones y Donaciones:
· Valor de la herencia: a mayor valor de lo heredado, más pagarás.
· Grado de parentesco: cuanto más lejano sea el parentesco, mayor será el impuesto.
· Edad de los herederos: hay algunos supuestos en los que los jóvenes pagan menos.
· Situación patrimonial de quien hereda: cuanto más patrimonio tengas, más te tocará pagar.
· Lugar de residencia del fallecido: depende de dónde heredes, pagarás una cantidad u otra. El Impuesto de Sucesiones se paga en la comunidad de la persona fallecida, puedes encontrarte con regiones en las que esa reducción puede llegar hasta el 99%.
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