Qué gastos debes asumir como inquilino o propietario en un contrato, Inmogestión Tenerife

30 de Agosto de 2021 Daniel Díaz


Qué gastos debes asumir como inquilino o propietario para evitar conflictos futuros


Contrato firmado y llaves entregadas. Pero, un momento... ¿has dejado claro cuáles son los gastos que debes asumir como inquilino o propietario para evitar conflictos futuros? Échale un ojo a esta mini-guía que hemos preparado para que sepas cuándo te corresponde rascarte el bolsillo y cuándo no.

Lo primero que debes saber, tanto si eres inquilino como si eres propietario, es que el contrato manda. Y es que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) impone cada vez menos reglas y estas se aplican a aquello que no está especificado por contrato.

Así que para evitarte dolores de cabeza, lo mejor es que el reparto de gastos quede claramente reflejado en el contrato.

A no ser que de mutuo acuerdo se especifique lo contrario, estos son los gastos que generalmente corresponden a cada parte:

Gastos que corresponden al propietario:

* Impuesto de Bienes Inmuebles.
* Tasa de basuras.
* Cuotas de la comunidad de propietarios. Según la OCU, este gasto corresponde al arrendador, que además es responsable de acudir a las reuniones de vecinos (salvo que autorice a otra persona a acudir en representación suya).
* Averías y desperfectos. Basándonos en la LAU, el propietario está obligado a realizar arreglos necesarios para conservar la vivienda en buenas condiciones para que sea alquilada y habitada; así como reparar las averías que deriven del desgaste habitual de la vivienda y que conlleven un gasto superior a 150€. Por ejemplo, reparar o reponer una nevera que se ha roto.

Gastos que corresponden al inquilino:

* Los suministros. Todo aquello que se pueda medirse con contadores individuales: el agua, la luz, el teléfono...
* Gastos del mantenimiento habitual de la vivienda. Que incluyen reparaciones menores con un coste inferior a 150€. Por ejemplo, cambiar una bombilla o la goma de la cisterna.
* Desperfectos. Es decir, los daños que él o las visitas causen en la vivienda, como romper un cristal.
* Obras que no modifiquen la configuración de la vivienda. Si el inquilino desea cambiar el color de las paredes porque no le gusta, el dinero debe salir de su bolsillo. Otra cosa es que sea necesario pintar porque hay desperfectos por el paso del tiempo: en este caso, el gasto debe asumirlo el propietario.




¿Cuándo no está claro del todo?

Normalmente, la duda surge con las averías y reparaciones a pesar de tener la regla de los 150€.
Por ejemplo, si se rompe la puerta de la lavadora se ha roto porque tiene 10 años y nunca se ha reparado, el gasto debería asumirlo el propietario.
En el caso contrario si la rotura se debe a un mal uso por parte del inquilino, este debe asumir el gasto aunque el importe sea mayor a 150€.

Nuestro mejor consejo:

- Si eres propietario: contrata un buen seguro y dormirás más tranquilo.
- Si eres arrendatario: lee bien el contrato antes de firmarlo y asegúrate de que está especificado quién asume qué en cada caso, te evitarás futuros dolores de cabeza.

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